Es frecuente oír hablar de usufructo en las herencias, aunque en muchos casos se desconoce lo que implica tener un bien hereditario en usufructo.
Si tienes el derecho de usufructo en una herencia y no sabes en qué consiste, continúa leyendo te lo explicamos todo a continuación.
¿En qué consiste el usufructo?
El usufructo es un derecho que permite a su titular, (usufructuario) utilizar un bien ajeno, pero sin ser propietario de este. El titular o propietario del bien es el llamado nudo propietario.
Así pues, como usufructuario de un bien hereditario tienes derecho a:
– Usar el bien objeto de usufructo de forma adecuada, aunque no eres el propietario.
– Disfrutar de él, es decir obtener sus frutos o rendimientos.
– Hacer obras de mejora, siempre que no alteres su forma o sustancia; pero no tienes derecho a recibir por ellos una indemnización del nudo propietario.
Por ejemplo, si tienes el usufructo de un piso podrás vivir en él o incluso alquilarlo y hacer tuyas las rentas del arrendamiento. También podrás hacer reformas, pero sin recibir nada a cambio.
No obstante, el usufructuario no puede vender el bien hereditario dado en usufructo ni tampoco gravarlo (por ejemplo, hipotecarlo).
Tipos de usufructo en una herencia.
Según la forma de constituir el usufructo o su duración hay diferentes tipos de usufructo.
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Usufructo voluntario.
Es el usufructo que se constituye por la voluntad expresa del testador. Por ejemplo, el testador deja a su esposa el usufructo de una vivienda y a los hijos la nuda propiedad.
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Usufructo legal.
Este tipo de usufructo está establecido e impuesto por ley. El único usufructo legal es el usufructo del cónyuge viudo que será:
– Un tercio de la herencia, el llamado tercio de mejora, si hay hijos o descendientes.
– La mitad del total hereditario, si no hay hijos, pero sí ascendientes.
– Dos tercios del caudal hereditario, si no hay hijos ni ascendientes.
Además de respetar este usufructo legal, el testador podrá dejar al cónyuge viudo un usufructo voluntario.
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Usufructo temporal.
El usufructuario podrá disfrutar del bien hereditario el tiempo que haya establecido el testador. Solo el usufructo voluntario puede ser temporal.
Siguiendo el ejemplo anterior, el testador puede dejar al cónyuge viudo el usufructo de un piso durante 10 años. Cumplido este plazo el usufructo se extingue y los hijos pasan a ser propietarios en pleno dominio.
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Usufructo vitalicio.
En este caso, el usufructo dura toda la vida del usufructuario. El usufructo legal siempre es vitalicio y, también, el testador puede establecer un usufructo voluntario vitalicio.
Es decir, el usufructo legal del cónyuge viudo es vitalicio. Además, el testador podrá dejarle el usufructo vitalicio de un piso.
¿Qué obligaciones tiene el usufructuario?
Como usufructuario tienes que cumplir las siguientes obligaciones:
- Cuidar el bien que tienes en usufructo y hacer un uso adecuado de él.
- Pagar los gastos de conservación, mantenimiento o reparaciones ordinarias que sean necesarias por los deterioros derivados del uso normal del bien.
- Comunicar al nudo propietario las reparaciones urgentes que deban realizarse o las actuaciones de terceros que puedan perjudicar la propiedad.
- Pagar las cargas e impuestos, por ejemplo, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Hacer inventario de los bienes dejados en usufructo, tasarlos y prestar fianza para hacer frente a los desperfectos que puedan sufrir, salvo que no haya perjuicio para nadie.